Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A formulada por los ciudadanos LEDYS DEL CARMEN RIVAS ORTEGA y CHRISTOPHER LUDWIG GERDEL RINCONES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.296.534 y V-8.299.824, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraídos en fecha 29 de diciembre de 2007, por ante la Primera Autoridad Civil de Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 470, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2007, llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicit.....