Ahora bien, de la revisión de las actas que conforman la presente solicitud, se pudo constatar, por medio de la inspección judicial, ordenada de oficio por este Tribunal, en el predio descrito por el solicitante denominado "Las Bonitas", ubicado en el Sector el Apamatal, asentamiento campesino Ejidos del Municipio Genaro Potrero Común, Parroquia San Genaro de Boconoíto, Municipio San Genaro de Boconoíto del estado Portuguesa; la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud; la tenencia por parte del ciudadano, JOSÉ LUÍS RAMÓN DAVILA SULBARAN. Aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que el ciudadano, JOSÉ LUÍS RAMÓN DAVILA SULBARAN, ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por el ciudadano, JOSÉ LUÍS RAMÓN DAVILA SULBARAN, de conformidad con lo establecido e.....