DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara PROCEDENTE la revisión de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, decretada en contra del procesado Luis Enrique Torrealba titular de al cedula V-14.760.630,, revisando la medida dictado en su oportunidad como parte de la medida de coerción personal impuesta, quedandO EN Arresto domiciliario, de conformidad a lo establecido en el artículo 256 ordinales 1º del Código Orgánica Procesal penal donde debera cumplir en el siguiente dirección Carrera 20 de Pueblo nuevo, frente a la Cooperadita SECOSESOLA, numero de la casa 10, color beichs . Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese. Cúmplase.
ABG.....