En fecha 5 de marzo de 2015, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual admitió la presente demanda de nulidad interpuesta por el abogado Carlos Omar Gil Barbella, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 117.247, actuando en nombre y representación del Estado Bolivariano de Miranda contra el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, se ordenó notificar a la Procuraduría General de la República, a la ciudadana Fiscal General de la República y al ciudadano Registrador Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda.