En consecuencia,definitivamente firme como se encuentra la Sentencia N° 0532 de fecha 02 de abril de 2002, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político–Administrativarecaída en el Recurso Contencioso Tributariointerpuesto por la sociedad mercantil INVERSIONES KIRUELAS, C.A.,y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a laGerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución. Líbrese oficio. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fechacinco (05) de marzode dos mil veinticinco (2025).
La Juez.
Marilen.....