declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte accionada recurrente contra la sentencia proferida por el Juzgado 36° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito del Trabajo, el 24 de febrero de 2010, confirmándose la sentencia apelada en todas una cada una de sus partes, quedando firmes los conceptos condenados por el a quo, los cuales se detallan de seguidas: por concepto de antigüedad por la cantidad de Bs. Bs. 49.010,65; vacaciones fraccionadas, la cantidad de Bs. 1.270,80; bono vacacional fraccionado, la cantidad de Bs. 1.118,37; utilidades correspondientes al año 2008 la cantidad de Bs. 9.150; utilidades correspondientes al año 2009 la cantidad de Bs. 2.287,50; intereses sobre prestaciones sociales la cantidad de Bs. 19.881,49; En cuanto a la corrección monetaria, se ordena el pago de la corrección monetaria sobre el total del monto condenado a pagar. La indexación se calculará a partir de la fecha de admisión de la d.....