Luego de una análisis realizado a las actas que integran el presente expediente, constata esta Operadora de Justicia, que ha transcurrido el termino de diez (10) días establecido en el artículo 640 del Código de Procedimiento Civil, dentro del cual la parte demandada debía pagar la deuda, o bien formular oposición, so pena de que la ejecución pudiera ser practicada forzosamente, ya que se evidencia de actas que el ciudadano FRANCISCO JAVIER ZAMUDIO, venezolano, mayor de edad, ingeniero, titular de la cédula de identidad No.V-10.451.826 y domiciliado en la ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil PRESTON CORPORATION 21, C.A., domiciliada en la ciudad de Maracaibo del estado Zulia y debidamente inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, en fecha 13 de diciembre de 2005, bajo el No.10, Tomo1234-A, mediante diligencia estampada y con la debida asistencia legal, en fecha 1.....