En fecha 5 de mayo de 2014, este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual admitó la presente demanda de nulidad ejercida conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos y medida cautelar innominada por la abogada Karina Cortel Vélez, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Industria Azucarera Santa Elena, C.A, contra la decisión dictada en fecha 05 de septiembre de 2010, emanada del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), hoy día, Superintendencia Nacional de Precios Justos (SUNDDE), asimismo, se ordeno notificar a los ciudadanos Fiscal General de la República, Procurador General de la República y Superintendente Nacional de Precios Justos, a quien se le solicitó los antecedentes administrativos del caso.