En consecuencia, se ordena la devolución inmediata del original del expediente N° KP02-V-2019-001336, así como de los cuadernos separados Nos. KH01-X-2022-000007, KH01-X-2022-000016 y el expediente de contentivo de apelación N° KP02-R-2021-000178 al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines de la continuación de la sustanciación del juicio, hasta tanto sea resuelto el recurso de regulación de la competencia planteado, solo pudiéndose abstener la primera instancia de decidir el fondo, siempre que no se haya dictado decisión sobre la regulación de la competencia.
Por lo tanto, se le insta al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en lo sucesivo, a la observancia estricta del artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, asimismo, se le exhorta a remitir copias certificadas de las actuaciones concernientes al r.....