DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, con arreglo a lo establecido en los artículos 26 Constitucional, 614, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable supletoriamente, resuelve: Único: Declinar el conocimiento de la causa seguida a (se omite identidad), en un Juzgado de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, con sede en San Felipe, que se encargue de continuar controlando y ejecutando la medida de Libertad Asistida, por el lapso de un (01) año y cinco (05) meses, impuesta por el Juzgado Sexto de Control de esta Sección y Circuito, en sentencia de fecha 18-10-08. A tal efecto, se remite el exped.....