caso contrario solicito al tribunal se sirva fijar nueva fecha y hora para la practica d la medida. Seguidamente el Tribunal, vista la solicitud de la parte actora se abstiene de materializar las medidas de embargo preventivo y secuestro en el día de hoy, acuerda fijar nueva fecha para el día 06 de agosto de 2009, a las 10:00 de la mañana, libera a la depositaria judicial designada, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 12:30 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.