Primero: Declara su incompetencia para conocer, sustanciar y tramitar la presente acción de amparo constitucional, interpuesto por el profesional del derecho Raúl Trujillo Rojas, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.402.351, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 21.798, actuando en su carácter de apoderado judicial del Instituto Nacional del Poder Popular de la Juventud (INPPJ), contra la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital Sede Norte.
Segundo: declina la competencia en los Juzgados con competencia en materia del Trabajo, concretamente a los Tribunales de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al cual se ordena remitir el bajo oficio el presente expediente Judicial, a los fines que previa distribución de causas el Juzgado designado conozca, sustancie y decida la misma.
Tercero: ordena remitir bajo oficio el presente expediente judicial al Tribunal competente.