este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en ejercicio de la competencia constitucional que le es atribuida, declara:
1. INADMISIBLE la demanda por Daños y Perjuicios interpuesta por la ciudadana Marilena Asencion Romero De Hernández, cédula de identidad Nº V-4.150.845, actuando con carácter de Apoderada de los ciudadanos Miguel José del Valle Hernández Romero, Rosemary del Valle Hernández Romero Hernández y Maryrose Del Valle Hernández Romero, cédula de identidad Nº V-12.365.207, V-14.982.526 y V-14.982.528, respectivamente, asistida por la abogada Carmen Elisa Zarate Blanco, Inpreabogado Nº 27.236, contra el Instituto Nacional de Cooperación Educativa Socialista (INCES).
Publíquese, déjese copia y notifíquese a la parte demandante.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de este Tribunal, a los cinco (05) días del mes agosto de 2011, siendo las o.....