Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 02 de junio de 2011, por el abogado LEONEL ANTONIO CALDERON CRISTANCHO, en su condición de defensor privado del penado JOSE MANUEL DIAZ RIVAS.
SEGUNDO: REVOCA específicamente en el punto denominado "DE LAS FORMULAS ALTERNATIVAS DE CUMPLIMIENTO DE PENA", el auto de ejecución de pena dictado el 06 de mayo de 2011, por el Juzgado Quinto de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual estableció que dicho Juzgado se abstiene de establecer las fechas a partir de las cuales, el penado JOSE MANUEL DIAZ RIVAS podría solicitar algunas de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, así como la conmutación de la pena en confinamiento, ello .....