En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, pasa a pronunciarse en los siguiente términos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad con el Articulo 44 ord. 1 de la Constitución y el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se Acuerda la continuación del asunto por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO indicado en el artículo 280 de la norma adjetiva TERCERO: Se impone al ciudadano LUIS JOSE RODRIGUEZ, Titular de la Cedula de Identidad Nº 24.417.684, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 29-09-1991, Soltero, hijo de Jose Rodríguez y Zuleima Rodriguez, Grado de Instrucción Bachiller, Oficio Vendedor de Repuestos, residenciado en el Barrio la Paz, sector 2 entre calles 2 y 3, casa Nº 10. Telefono 0424-503-2201, y JOSE MAIKOL MENDOZA, Titular de la Cedula de Identidad Nº 19.482......