Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, 26, 27 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: IMPROCEDENTE el presente RECURSO DE HECHO interpuesto por las abogadas SINAHIM PINO GONZALEZ y YESSICA ANAYS VILLARROEL HIDALGO, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la sociedad mercantil ALIMENTOS LA ALIANZA, C.A, contra el Auto fecha 27 de julio de 2023, dictado por el JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, que NEGÓ el recurso de apelación, ejercido por el hoy recurrente de hecho, en fecha 17 de julio de 2023, contra el fallo de fecha 30 de ju.....