PRIMERO: La EXTINCIÓN de la apelación formulada por los abogados BETTY CUEVAS DE LÓPEZ y CIRO ANTONIO LÓPEZ, apoderados judiciales de la parte demandada, ciudadana ELVIA COROMOTO VOLCANES CALDERÓN, contra la decisión de fecha 30 de julio de 2012, mediante la cual el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, declaró sin lugar la oposición formulada por la recurrente contra la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por ese Tribunal en fecha 12 de julio del 2012, en el juicio seguido por la ciudadana CARMEN MIREYA JIMÉNEZ DE RODRÍGUEZ, por resarcimientos de daños y perjuicios, contenido en el expediente número 28339, de la nomenclatura del juzgado de la recurrida, cuyo expediente está distinguido con el número 5753, de la nomenclatura de esta superioridad.
SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no se hace especial
pronunciamiento sobre las costas del recurso.