Se declaró SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN intentado por TANIA TRINIDAD NATERA FALCÓN, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 16 de diciembre de 2008. SE CONFIRMA en los términos expuestos en este fallo, la decisión apelada, y en consecuencia, se declara CON LUGAR la demanda que por desalojo, incoó el ciudadano CARLOS GARCÍA ÁLVAREZ, en contra de la ciudadana TANIA TRINIDAD NATERA FALCÓN. SE CONDENA a la parte demandada a entregar a la parte actora el bien inmueble constituido por una casa quinta distinguida con el N° 59, ubicada en la Urbanización Artigas, Avenida A, Parroquia San Juan, Municipio Libertador, Distrito Capital, en las mismas condiciones en que lo recibió. Se condena en costas del recurso a la parte apelante, de conformidad con el artículo 281 del código de Procedimiento Civil.....