En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE en razón del TERRITORIO para conocer la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos CONSUELO BEATRIZ GODOY DE BECKLES y EDY RAFAEL BECKLES RIVERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.230.992 y V-4.596.844, respectivamente.
SEGUNDO: Declina la competencia para el conocimiento de la presente solicitud en los Tribunal de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas del los Municipios Urdaneta y Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a tenor de lo dispuesto en el artículo 754 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No hay condenatoria en cos.....