Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; de conformidad con los artículos 646 647 literal e), de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Ratifica y mantiene las medidas sancionadoras de Reglas de conducta y Libertad Asistida, contenidas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impuestas a la joven: (IDENTIDAD OMITIDA), por el tiempo que les falta por cumplir, siendo su fecha probable de cese el 10 de Febrero de 2007.
Regístrese y Publíquese.
Dada sellada y firmada en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Sección Adolescente, en la ciudad de Guanare, a los 05 días del mes de Diciembre de 2005.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN,
Abg. SENA.....