Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en las precedentes consideraciones y artículos 2, 23, 26 y 253 Constitucionales, 13 y 22 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 601 y 602 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente ABSUELVE al acusado (identidad omitida), venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.117.046, nacido en Caracas el 24-03-86, hoy con 20 años de edad, soltero, residenciado en el Barrio el Corral de Piedra, calle San José de Boconó, casa N°112, Las Adjuntas, Parroquia Macarao, Caracas. Así mismo, se ordena la cesación de las medidas restrictivas de libertad a que estuvo sujeto el acusado de autos