Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Noveno de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, a favor de los imputados: 1.- GREGORY RAMON CASANOVA MARRIAGA, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 12-09-1986, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 20.861.416, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de KARIN MARRIAGA (VIVE) y de AMAURI CASANOVA (VIVE), y con residenciado en la Urbanización Cúatricentenario, Calle 34, casa N° 08, Segunda Etapa, Municipio Maracaibo, teléfono 0426-963-30-37 (perteneciente a su mama), Estado Zulia; 2.- JOSE GREGORIO SILVA GONZALEZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento: 16-05-1978, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.653.377 cedula, de 30 años de .....