Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se ANULA la sentencia dictada en fecha 27 de septiembre de 2011 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, así como el auto de fecha 21 de septiembre de 2011, reponiéndose la causa al estado de que se proceda a la notificación a la sociedad mercantil Administradora Domus C.A, y por razones de seguridad jurídica sean practicadas también nuevas notificaciones de la Fiscalía del Ministerio Público, al Juez del Juzgado Décimo Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial (presunto agraviante) y al propio accionante, a los fines de que comparezcan a enterars.....