este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la pretensión de PARTICIÓN Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD DE GANANCIALES propuesta por la ciudadana AMALIA JOSEFINA GUEVARA LOPEZ, contra el ciudadano RICARDO ANTONIO VILORIA CARRILLO, antes identificados.