este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA en razón de la cuantía, planteada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la demanda por motivo de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE INSTRUMENTO PRIVADO, intentada por la Firma mercantil CONSOLIDADA DE INVERSIONES, CA.A (CICA), a través de su apoderado judicial ZALG SALVADOR ABI HASSAN, contra la Firma Mercantil CONSTRUCCIONES Y SUMINISTROS EL VIÑATERO C.A, representada por el ciudadano Mario Rafael Ramos Dreyer, todos plenamente identificados con anterioridad. En consecuencia, agréguese a las causas llevadas por este Tribunal, advirtiéndose que por auto separado este Despacho se pronunciará sobre la.....