´III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por las abogadas en ejercicio MARÍA AUXILIADORA ROSA TIRADO Y PAOLA GUIDA GARCÍA, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nro. 50.666 y 256.287, respectivamente Apoderadas Judicial de los Denunciados del Fraude Procesal ÁNGEL RAMÓN LÓPEZ SANGRONA, ROLANDO GABRIEL LÓPEZ PORRAS Y LORDAN SANGRONA GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nro. V-8.745.192, V-19.063.286 y V-7.057.493, respectivamente.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 7 de marzo de 2024, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial.....