En este estado la representante de la entidad de trabajo debidamente asistida expone: "Con la finalidad de dar por terminada la presente causa la parte la parte demandada ofrece en este acto a el ciudadano: CARLOS EDUARDO LERAS SALAZAR, la cantidad de MIL DOLARES, ($. 1000), al cambio al Banco Central de Venezuela, los cuales serán cancelado en tres (3) partes, un primer pago equivalente al trescientos treinta y tres con treinta y tres céntimos dólares ($333.33) del monto convenido en efectivo en bolívares al cambio del Banco Central de Venezuela el día de hoy a través de Pago movil a nombre de extrabajador al banco de Venezuela cedula V.-23.762.801y teléfono 0412-6574601 que se realizara en horas de la tarde y los demás pagos en las fechas 12 y 17 de Diciembre al mismo monto en dólares trescientos treinta y tres con treinta y tres céntimos dólares ($333.33), al cambio del Banco Central de Venezuela , en el día del último pago el apoderado judicial de la empresa día Miércoles, 17 de .....