DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal del Municipio Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con competencia en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de los Ciudadanos y Ciudadanas de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena: PRIMERO: Retener de la cantidad de dinero consignada por concepto de Pensión de Alimentos, lo correspondiente a la Segunda quincena del mes de Noviembre 2005, por la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (BS. 60.000,OO) y los meses de Diciembre 2005 a Febrero de 2006, por la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 120.000,oo) cada una, lo que arroja la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS ( Bs. 360.000,oo), más la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO DIEZ BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 146.310,oo) por gastos de medicinas, cuyos conceptos totalizan la cantidad de QUINIENTOS SESEN.....