En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, de la solicitud de JUSTIFICATIVO JUDICIAL SOBRE VEHICULO interpuesta por el ciudadano WILLIAMS HENRY YANNY PACHECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.173.334, de este domicilio, asistido por el Abogado JOSE DEL CARMEN GUZMAN HENRIQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.850.
Visto el documento de Compra-Venta, realizado entre los ciudadanos WILLIAMS HENRY YANNY PACHECO y SULMI TIBISAY RODRIGUEZ. Notifíquese a la ciudadana SULMI TIBISAY RODRIGUEZ, agregándose un original al expediente, por cuanto de la solicitud no se desprende domicilio procesal alguno, fíjese dicha notificación en la Tablilla del Tribunal y dejando constancia expresa .....