- III -
DE LA DECISIÓN
Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR peticionada por el abogado LUCIO MUÑOZ MANTILLA, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS VICTOR ROSADO COCHACHES.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la Ciudad Capital, a los ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬seis días del mes de Abril de (2011). Año 200º y 152º.
LA JUEZ PROVISORIA,
DAYANA ORTÍZ RUBIO
LA SECRETARIA ACC,
FANNY LUCES GUERRA
En esta misma fecha, previo el anuncio de Ley, se publicó y registro la anterior decisión, siendo la ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬una de la tarde (1:0.....