Se dictó sentencia INTERLOCUTORIA mediante la cual se declaró SIN LUGAR LA RECUSACION formulada por el abogado Cesar Alberto Quiroz Sepulveda, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Alcides Ramón Escobar Luque, contra la abogada Eunice Beatriz Camacho Manzano, en su condición de jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en juicio nulidad de contratos por simulación de ventas, interpuesto por el ciudadano Alcides Ramón Escobar Luque, contra las sociedades mercantiles Inversiones Perme, C.A., (INPERMECA), y Agropecuaria Villa Roca, C.A., en el asunto distinguido bajo el Nº KP02-V-2015-0002180. Se impone una multa de dos bolívares (Bs. 2,00), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, por no ser criminosa la recusación.