SEGUNDO: Vista la solicitud realizada por la Defensa Pública Décima Primera (11°) del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente (Fase de Ejecución) y a la cual no hubo oposición alguna por parte de la Fiscal Auxiliar Centésima Décima Séptima (117°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente (Fase de Ejecución), este Tribunal ACUERDA CERRAR LA INCIDENCIA en virtud de que cursa en actas la consignación de la Constancia de Residencia y Carta de Trabajo las cuales acreditan que el joven adulto de autos reside en la Ciudad de Maturín del Estado Monagas e igualmente trabaja allá; TERCERO: Se ORDENA DECLINAR LA COMPETENCIA PARA EL CONTROL DE LA EJECUCIÓN a un Tribunal en Funciones de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, a los fines de que controle, supervise y de cumplimiento a la c.....