La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de fecha 15 de febrero de 2008, que declaró perimida la instancia en el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, declara SIN LUGAR el referido recurso de apelación, y CONFIRMA la decisión apelada. 04