"...este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena de forma SUMARIA, al ciudadano Jefe de Oficina del Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo, estampar la debida Nota Marginal en la Partida de Defunción de la ciudadana MARGARITA LEON DE SANCHEZ, previamente determinada así: "...ENEIDA, INGRID, REBECA, JOSE RAFAEL Y JOSE TOMAS SANCHEZ LEON".... siendo lo correcto "...INGRID, REBECA, JOSE RAFAEL Y JOSE TOMAS SANCHEZ LEON ...".- Así se decide..."