Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos Altagracia de Jesús García Hernández y Jesús Antonio Silva Linares, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V- 4.585.665 y V- 3.520.376, respectivamente.
En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, el cual contrajeron el día nueve (09) de junio del año mil novecientos setenta y dos (1972), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle del Distrito Capital, acta Nº 197, inscrita en los Libros de Registro Civil de Matrimonios correspondiente, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los f.....