PRIMERO: Con Lugar la apelación interpuesta el 28.01.2011 (f. 194), por el abogado Francisco Gil Herrera, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, sociedad mercantil BOLÍVAR BANCO, C.A., contra el auto dictado el 19.01.2011 (f.188 al 192), por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se revoca el decreto intimatorio dictado en fecha 19.01.2011 (f.188 al 192), por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Y, en consecuencia, se ordena a éste dicte nuevo decreto, en el cual provea sobre la intimación, verifique el cumplimiento de los supuestos de admisión y discrimine uno a uno los conceptos y montos a ser intimados, tanto en letras como en números, así como incluya el de los intereses que se sigan produciendo desde el 30.04.2009, exclusive, ha.....