PRIMERO: CONFIRMA en todas y cada una de sus partes, la sentencia dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 12 de febrero del 2004, que declaró la interdicción provisional del ciudadano GERMÁN VICENTE BLANCO PEÑA, plenamente identificado en el texto de este fallo.-
SEGUNDO: CONFIRMA en todas y cada una de sus partes, la sentencia dictada por el Juzgado antes mencionado, en fecha 5 de marzo del 2008, y como consecuencia ratifica la interdicción definitiva del ciudadano GERMÁN VICENTE BLANCO PEÑA, plenamente identificado en el texto de este fallo así como la designación de tutor definitivo recaída en la persona de su madre del presunto entredicho ciudadana AMPARO PEÑA DE BLANCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.- 2.939.585.
TERCERO: No hay especial condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo......