Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, realizada por el ciudadano JOHNNEL ANTONIO LOZADA MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.849.252, contra la ciudadana OLGA VICTORIA DUNO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.638.498. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante la Parroquia Las Mercedes, Municipio Bolivariano G/D "Pedro León Torres" del Estado Lara, en fecha 08 de Octubre de 1989, acta Nº 13, folio 27 frente, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios lleva.....