En mérito de las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley se declara incompetente para el conocimiento de la pretensión de Amparo Constitucional, interpuesta por el abogado Maracos Magdaleno, en consecuencia, declina la competencia en la Corte de Apelaciones de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, y ordena la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Valencia a los fines de su distribución.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, Estado Carabobo, a los seis días del mes de agosto de 2024, siendo.....