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Decisiones del dia 06/10/2009 |
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N° Expediente :
55.033
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/10/2009 |
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato |
Partes: ANA MIREYA LA CRUZ DE GARCIA VS. INVERSIONES SANVAL 1963, C.A. |
Resumen:
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, se declara nulo el referido auto de admisión, ordenándose de oficio la reposición de la causa con sustento en la norma contenida en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil; toda vez, que la reposición es una institución creada con el fin de corregir los desaciertos de procedimiento en que incurra el Tribunal cuando estos afecten o menoscaben el derecho de defensa de las partes; por manera que, su objeto es corregir vicios procesales, faltas del Tribunal que afecten el orden público; en virtud de lo cual, se declara la nulidad del auto de admisión dictado y con ello la nulidad de todas las actuaciones subsiguientes al auto írrito, dicha nulidad la ordena esta Sentenciadora de Oficio, por cuanto la omisión daña todo el procedimiento previsto por el legislador para estas causas; razón por la cual se decreta la Reposición de la causa al estado de nueva admisión, subsanando la omisión de.....
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Juez/Ponente:
Rosa Margarita Valor Palacios
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
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N° Expediente :
55.892
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/10/2009 |
Procedimiento: Rectificacion De Acta De Defuncion |
Partes: BLANCA CELINA FERNANDEZ |
Resumen:
Se Declara CON LUGAR la RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCIÓN del ciudadano CESAR JARRY ESTANGA FERNANDEZ, formulada por la Abogada SADY MONTAGNE WADSKIER, en su Carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana BLANCA CELINA FERNANDEZ, todos identificados en autos, y en consecuencia, ordena que se envíe copia de esta Sentencia al Jefe de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña Municipio Valencia del Estado Carabobo y a la Registradora Principal Civil del mismo Estado, a los fines de que estampen la debida nota marginal en la Partida de Nacimiento inserta bajo el Nro. 17, Tomo I, del año 2008, del libro de Registro Civil de Nacimientos llevados por esa Prefectura, en el sentido, que donde dice: "...Tuvo un hijo (a) de nombre NAZARET DEL VALLE (menor)..." deberá decir desde ahora en adelante con todos los efectos legales que ello implique: "...No tuvo hijos..."; que es lo correcto y verdadero Y ASÍ .....
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Juez/Ponente:
Rosa Margarita Valor Palacios
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
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