´Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara,a su vez, INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud de nulidad de declaración de únicos y universales herederos, y en virtud del conflicto negativo de competencia surgido, se ordena la remisión del presente expediente, mediante oficio que se ordena librar a tal efecto, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados Superiores en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin que el Juzgado que resulte sorteado, dilucide el conflicto de competencia planteado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil.
Dada la especial naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costa.....