Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana JANETTE MARGARITA LANDA DE ARRIECHE, obrando con el carácter de Secretaria General del Sindicato de Trabajadores de la Empresa La Lucha, C.A., contra la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guacaipuro del Estado Miranda.
SEGUNDO: Se le ordena a la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guacaipuro del Estado Miranda, suspender las discusiones tendentes a la firma y depósito de la Convención Colectiva de Trabajo presentada para su discusión por el Sindicato por Rama de Industria de Trabajadores y Trabajadoras de las Empresas Fabricantes, Procesadoras y Expendedoras de Alimentos, Harina, Similares y Conexos del Estado Miranda "SINTRA-ALIMENT.....