En el recurso de apelación interpuesto en fecha 8 de noviembre de 2012, por el Abogado Aquiles López, Apoderado Judicial de la ciudadana MARÍA EUGENIA GIGLIO PRADA, contra la sentencia dictada en fecha 10 de noviembre de 2011 por el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil (Bienes) de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, que declaró Inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto contra la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DEL ESTADO DELTA AMACURO, esta Corte dictó sentencia que declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto 2. CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto 3. REVOCA el fallo apelado 4. ORDENA al Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil (Bienes) de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, se pronuncie nuevamente sobre la admisión del recurso.