Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda de nulidad interpuesta por la entidad de trabajo Central Madeirense C.A. contra el acto administrativo N° 00471-2011 dictado por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas en fecha 08 de Julio de 2011, recaída en el expediente administrativo N° 027-2011-01-01602, mediante el cual se declaró el reenganche y pago de salarios caídos de la trabajadora Maribel Palmar. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay expresa condenatoria en costas.