´Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: Se ACUERDA la precalificación hecha por el FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO, en contra del ciudadano ISIDRO ANTONIO LEON, por el delito de LESIONES GRAVES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, previsto y sancionado en el artículo 415, del Código Penal concatenado con el artículo 420 Y el artículo 99 ambos del Código Penal, con el agravante en el artículo 217 de la Ley orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y ASI SE DECIDE
SEGUNDO: Se observa como legitima la aprehensión en flagrancia. Y ASI SE DECIDE
TERCERO: Se decreta para el ciudadano ISIDRO ANTONIO LEON, Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, conforme a lo establecido en el Articulo 242 del C.....