Se decide: Inadmisible la demanda interpuesta por la Abogada Katherin Eliuska Martínez Aguilar, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 208.794, apoderada judicial de la ciudadana Michelina Petruccelli Petruccelli, ya plenamente identificada, con motivo de Desalojo de Local Comercial en contra de la Sociedad Mercantil Multiservicios Petrucelli, C.A., plenamente identificada.