III
DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide así:
PRIMERO: Se DECRETA medida de prohibición de enajenar y gravar sobre los bienes inmuebles antes mencionados.SEGUNDO: So ordena librar oficio a la Oficina Registro Inmobiliario de los Municipios Naguanagua y San Diego del estado Carabobo, a los fines de que estampe la nota marginal correspondiente.