este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se acuerda la REPOSICION DE LA PRESENTE CAUSA de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO UNIÓN CONCUBINARIA, presentada por la Abogada MARIA DEL ROSARIO GONCALVES TRINIDAD, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.214, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ELIANA DA SILVA LOBO, de Nacionalidad Brasilera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-82.104.595, contra las ciudadanas STEFFANNI GONCALVES DA SILVA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-26.303.085, LELIANA GONCALVES DA SILVA, se desconoce el número de Cédula de Identidad de la segunda de las nombradas y la adolescente (Se omite conforme al artículo 65 d.....