Por las razones de hecho y de Derecho anteriormente, expuestas, éste Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de hecho interpuesto por la ciudadana LAURA ADRIÁN DE SANZ, asistida por el abogado LUCIO MUÑOZ MANTILLA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 12.654, actuando en su carácter de tercera interviniente, contra el auto de fecha 01 de marzo de 2016, proferido por el Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que admitió en el solo efecto devolutivo la apelación ejercida por la hoy recurrente contra el auto de fecha 06 de noviembre de 2015, dictado por el mencionado Tribunal de instancia, todo ello en el curso del juicio que por RESOLUCIÓN.....