este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO en el juicio por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO intentado por la Ciudadana AMY ELANIE SHALOME COLMENAREZ COLINA, venezolana, mayor de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. V-27.250.660, de este domicilio.-, contra la ciudadana ELISA PASTORA MOGOLLON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.733.442, de este domicilio. Téngase la presente sentencia con autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 y 363 del citado cuerpo legal.